¿Qué hacer si el padre de mi hijo no puede pagar la pensión de alimentos?

Cuando se establece la obligación de pagar una pensión de alimentos para los hijos menores de edad, es fundamental comprender qué sucede si el padre u obligado no puede cumplir con esta responsabilidad financiera. En este artículo, exploraremos qué pasa en estas situaciones, quiénes pueden asumir la responsabilidad de pagar la pensión en lugar del padre, y otros aspectos relevantes sobre este tema.

¿Qué sucede si el padre no puede pagar la pensión de alimentos?

Es importante entender que nadie está obligado a pagar una pensión de alimentos si esto pone en riesgo su propia subsistencia o si existe una imposibilidad real de cumplir con estas obligaciones. Sin embargo, esta situación debe ser demostrada legalmente para que sea válida ante las autoridades pertinentes.

¿Quiénes pueden asumir la responsabilidad de pagar la pensión de alimentos?

En casos donde el padre no pueda cumplir con la pensión, la ley establece que otros parientes pueden ser llamados a responder por esta obligación, siempre que cuenten con la capacidad económica para hacerlo. El orden de prioridad es el siguiente:

  1. Parientes descendientes: Como hermanos mayores de edad.
  2. Parientes ascendientes: Incluyendo a los abuelos.
  3. Parientes colaterales: Hasta el tercer grado de parentesco, como tíos.

Si ninguno de los parientes mencionados puede asumir la responsabilidad, se designará un responsable del niño o adolescente, quienes serían los tutores legales.

¿Qué hacer si el demandado alega no tener recursos para pagar?

Si el demandado argumenta que no tiene trabajo y, por lo tanto, no puede pagar la pensión, es su responsabilidad buscar la forma de cumplir con esta obligación. En algunos casos donde no se puede demostrar cuánto gana o en qué trabaja, se fijará un monto mínimo que asegure el bienestar del menor, conocido como el «mínimo vital».

¿Es posible que varios parientes asuman la pensión de alimentos?

Sí, en casos donde varios parientes tienen la capacidad de prestar alimentos, el juez puede distribuir equitativamente las obligaciones entre ellos, teniendo en cuenta sus posibilidades económicas individuales.

¿Cuándo termina el pago de una pensión de alimentos?

Por lo general, el pago de la pensión de alimentos termina cuando el hijo cumple los 18 años de edad. Sin embargo, puede continuar en dos situaciones específicas:

  • Si el hijo sigue estudiando una profesión u oficio hasta los 28 años.
  • Cuando el hijo mayor de 18 años no puede proveerse por sí mismo debido a una incapacidad física o mental.

¿Se puede ofrecer algo distinto al pago de una pensión de alimentos?

Sí, además del pago en efectivo, también es posible pactar o ordenar al obligado el pago directo de diversos servicios, como los gastos en educación, salud, entre otros, siempre que esto garantice el bienestar del menor.

¿Existe un monto mínimo y máximo para pagar una pensión de alimentos?

La pensión alimenticia fijada por el juez se establecerá de acuerdo a criterios de evaluación propios, teniendo en cuenta la situación y posibilidades económicas de la familia en cuestión. No existe un monto máximo o mínimo establecido de manera universal, ya que cada caso es evaluado de forma individual.

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