El testamento en el Perú es fundamental en la sociedad, permitiendo a una persona decidir la distribución de sus bienes tras su fallecimiento. Esto evita conflictos familiares y asegura que sus deseos se cumplan. En Luz Centella & Abogados, somos la firma legal líder en Perú, especialistas en testamentos. Estamos aquí para resolver todas tus preguntas. Consultas en persona o virtual. Obtén más información aquí. ¡Puedes contar con nosotros para tus asuntos legales!
¿Qué es el testamento?
Un testamento es un acto jurídico mediante el cual una persona establece cómo se repartirán sus bienes después de su muerte. Este documento legal permite al testador designar quién heredará sus bienes, lo que puede incluir propiedades, dinero, joyas, obras de arte y otros activos. Consultas Legales con Luz Centella & Abogados.
¿Quién puede otorgar un testamento?
Cualquier persona mayor de edad y que tenga capacidad de ejercicio puede otorgar. Esto excluye a los ebrios habituales, los toxicómanos y las personas que se encuentren en estado de coma, a menos que hayan designado un apoyo con anterioridad.
¿Qué tipos de testamento existen?
En el Perú, los más comunes son el testamento abierto, el cerrado, el ológrafo, el militar, el marítimo y el internacional. Cada tipo tiene sus propias características y requisitos.

¿Pueden las personas analfabetas y ciegas dejar un testamento en el Perú?
Sí, las personas que no saben leer ni escribir y aquellas con discapacidad visual pueden hacer testamento en Perú a través de una escritura pública y con la ayuda de un testigo testamentario a su solicitud. Consultas Legales con Luz Centella & Abogados. Consultas presenciales o virtuales.
¿Cómo realizo un testamento por escritura pública?

El testamento por escritura pública es uno de los métodos más comunes utilizados en Perú. A continuación, te mostramos los pasos necesarios:
- El testador debe acudir a un notario público junto con dos testigos hábiles en una sesión privada.
- El testador expresará su voluntad al notario, indicando cómo desea disponer de sus bienes, quiénes serán sus herederos o legatarios, y proporcionando una lista detallada de los bienes de la masa hereditaria, así como los documentos que acrediten su propiedad.
- El notario registrará las disposiciones del testamento a mano alzada en su Registro de Escrituras Públicas.
- El testamento será leído de manera clara e indistinta por el Notario, el testador y el testigo testamentario seleccionado.
- Tanto el testador, los testigos como el notario firmarán cada una de las páginas en un solo acto.
¿Cómo se otorga un testamento cerrado?
- El testador redacta, de puño y letra o por medios electrónicos, cómo desea que se dispongan sus bienes después de su fallecimiento. El documento debe estar firmado por el testador en cada página.
- El testador coloca el documento en un sobre cerrado y lo lleva ante un notario público acompañado de dos testigos.
- El notario público extenderá el acta de recepción correspondiente en la cubierta, que será firmada por el testador, los testigos y el notario. Además, se transcribirá en el registro de escrituras públicas del notario, y todas las personas involucradas firmarán el acta en un solo acto.
- El notario entregará al testador una copia certificada del acta.
- El testamento cerrado quedará bajo la custodia del notario, quien lo presentará al juez cuando así se lo ordene después del fallecimiento del testador. Esto se hará mediante una resolución que citará a los presuntos herederos o legatarios.
- El Juez verificará la autenticidad y el cumplimiento de las formalidades establecidas en el artículo 817 del código procesal civil. Consultas Legales con Luz Centella & Abogados. Consultas presenciales o virtuales.
¿Cómo se otorga el testamento ológrafo?
- El testador escribe en una hoja de papel la forma en que desea que se dispongan sus bienes después de su fallecimiento. El documento debe estar completamente escrito, fechado y firmado en cada hoja por el testador y dos testigos.
- El testamento ológrafo se guarda en un sobre que debe estar debidamente cerrado y sellado. En la parte externa del sobre, se colocan las firmas del testador y los dos testigos, preferiblemente en el área de sellado.
- El testamento ológrafo se entrega a una persona de confianza para su custodia. Una vez que esta persona se entera del fallecimiento del testador, debe llevar el testamento al Juez de Familia para verificar su autenticidad y el cumplimiento de las formalidades establecidas en el artículo 817 y siguientes del Código Procesal Civil. Luego, el testamento puede ser protocolizado por un Notario.

¿Puedo otorgar un testamento si me encuentro en el extranjero?
Si te encuentras en el extranjero, también puedes otorgar un legado válido en Perú, te mostramos los pasos a seguir:
- Dirígete al Consulado peruano más cercano a tu domicilio en el extranjero.
- El Cónsul cumplirá la función de notario público y transcribirá las disposiciones del testador en el libro de escrituras públicas del consulado.
- Los testamentos otorgados en otro país por peruanos o extranjeros, ante funcionarios autorizados y según las formalidades establecidas por la ley del respectivo país, también serán válidos en Perú. Sin embargo, se excluyen los legados mancomunados y verbales, así como las modalidades testamentarias incompatibles con la ley peruana. Consultas Legales con Luz Centella & Abogados. Consultas presenciales o virtuales.
Recuerda que el otorgamiento de un legado es un acto de gran importancia legal y debe ser realizado con cuidado y asesoramiento adecuado.
¡No dudes en contactarnos para recibir asesoría legal!