Todo aquel obligado a cumplir con una pensión de alimentos puede solicitar una reducción del pago o una nueva sentencia al juzgado, siempre y cuando se acrediten las causas de la demanda. Los requisitos para solicitar una reducción de alimentos son los siguientes:
- Actas de nacimiento de los hijos: Debe adjuntarse las actas de nacimiento de los hijos involucrados en una nueva situación familiar.
- Boletas de pago o recibos por honorarios: Se deben presentar las boletas de pago o recibos por honorarios para demostrar los ingresos mensuales del obligado.
- Estar al día en el pago de alimentos: Es indispensable estar al día en el pago de alimentos, ya que se busca el bienestar del menor.
¿En qué casos se puede solicitar la reducción de alimentos?
Existen diversas circunstancias en las que se puede solicitar la reducción de alimentos:
- Disminución de ingresos del obligado: Si los ingresos del obligado han disminuido y se acredita debidamente ese cambio, se puede solicitar una reducción de alimentos.
- Nueva situación familiar: Si el obligado tiene nuevas responsabilidades familiares pendientes con otros hijos, puede solicitar una reducción de alimentos para ajustar su capacidad de pago.
¿Cuál es la distribución equitativa de la pensión entre varios hijos?
Según la ley peruana, el obligado de prestar alimentos puede disponer hasta del 60% de sus ingresos mensuales, ya que se entiende que con el 40% restante deberá cubrir sus propias necesidades. Ante la presencia de varios hijos, se busca un prorrateo equitativo de la pensión. Es decir, se solicita al Poder Judicial que ordene que todos los hijos reciban el mismo porcentaje de alimentos, en partes iguales, para garantizar que todos tengan los mismos derechos.
¿En qué casos un hijo en específico podría recibir un porcentaje mayor de alimentos?
Cuando un hijo presenta una enfermedad o necesita atención especial, puede ser que requiera un porcentaje mayor de alimentos. Sin embargo, esto debe ser debidamente demostrado ante el juez, quien analizará cuánto gasta un niño en promedio y tomará una decisión en función de ello.
¿En qué casos se extingue la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos puede extinguirse en los siguientes casos:
- Cumplimiento de la mayoría de edad sin estudios: Si el alimentista cumple la mayoría de edad y no está cursando ningún tipo de estudios, el obligado puede pedir la extinción de la pensión.
- Cumplimiento de la mayoría de edad con estudios: Si el alimentista sigue estudiando después de cumplir la mayoría de edad, el obligado debe seguir apoyando los estudios del alimentista hasta que cumpla los 28 años.
Es importante comunicar al juzgado cuando un alimentista ya no es menor de edad, para que el obligado pueda realizar el pago directamente al alimentista y evitar malentendidos o atrasos en los depósitos de alimentos.