Una situación lamentablemente común tras una separación o divorcio es la negativa de uno de los padres a permitir el contacto del otro con el hijo en común. ¿qué hacer si no me dejan ver a mi hijo y cómo afecta esto a la pensión de alimentos? Esta situación plantea varias interrogantes legales y éticas, especialmente en lo que respecta al cumplimiento de la pensión de alimentos. A continuación, abordaremos estas cuestiones y brindaremos orientación sobre cómo actuar en caso de enfrentar este escenario.
Régimen de visitas y pensión alimenticia: ¿Cómo están relacionados?
El régimen de visitas es un derecho fundamental que regula el contacto entre los padres y sus hijos después de una separación o divorcio. Este régimen se establece voluntariamente o por decisión judicial y busca mantener el vínculo afectivo entre padres e hijos.
Sin embargo, es importante destacar que el derecho de visita es independiente del deber de pagar la pensión alimenticia. Aunque un padre o madre no permita el contacto con el hijo, el otro progenitor sigue teniendo la obligación legal de contribuir financieramente a su manutención.
¿Debo seguir pagando la pensión de alimentos si no me permiten ver a mi hijo?
Sí, la obligación de pagar la pensión de alimentos persiste incluso si no se permite el contacto con el hijo. La ley peruana establece que tanto el padre como la madre son responsables de garantizar la subsistencia y el desarrollo integral del menor, independientemente de la relación personal entre los padres.
Por lo tanto, no existe ninguna excepción en la ley que justifique dejar de cumplir con la pensión de alimentos debido a la falta de acceso al hijo. Es fundamental separar los aspectos legales y emocionales de la situación y actuar en beneficio del bienestar del menor.
¿Qué hacer si no me permiten ver a mi hijo y no se cumple el régimen de visitas?
Si uno de los padres obstaculiza el contacto con el hijo y no se respeta el régimen de visitas establecido, es crucial tomar medidas legales para resolver la situación. Aquí hay algunas acciones que se pueden emprender:
- Judicializar el caso: Si el acuerdo sobre el régimen de visitas se hizo verbalmente, es necesario presentar una demanda ante el juzgado de familia para establecer un régimen de visitas formal mediante una sentencia judicial.
- Variación de la tenencia: Si el incumplimiento del régimen de visitas es continuo y afecta gravemente la relación entre el hijo y el otro progenitor, se puede solicitar la variación de la tenencia o incluso la tenencia exclusiva del menor.
- Ejecución de la sentencia: Si el régimen de visitas se estableció mediante una sentencia judicial y no se cumple, se puede solicitar la ejecución de dicha sentencia. Esto puede implicar la intervención de las autoridades policiales para garantizar el cumplimiento del régimen de visitas.
- Actuar sin demora: Ante las continuas faltas en el cumplimiento del régimen de visitas, es importante actuar judicialmente lo más pronto posible para evitar que el niño se acostumbre a la ausencia de uno de los padres y para prevenir posibles manipulaciones por parte del progenitor custodio.